El asegurado titular puede incorporar a las siguientes cargas en sus seguros de salud y dental:
- Cónyuge o conviviente puede ingresar hasta los 70 años y mantenerse hasta los 75 años.
- Hijos e hijastros hasta los 18 años, pudiendo permanecer hasta cumplidos los 24 años de edad, si acreditan dependencia económica y son estudiantes de alguna institución educacional reconocida por el Ministerio de Educación previa presentación de Certificado de Estudios.
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